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Liberalización Sector Energético

 

La liberación. Paso de sistema regulado al liberalizado

El objetivo básico de la liberalización de los mercados energéticos es el aumento de competencia en la prestación del servicio y el consiguiente beneficio para los consumidores al aumentar la oferta, y es obligatoria para todos los países de la Unión Europea mediante una Directiva del año 2003, que debe ser traspuesta a todos los estados miembros.

En el campo eléctrico, las Directivas europeas obligan a todos los países de la Comunidad a promover el proceso de liberalización en sus territoritos adecuándolas a sus especificaciones nacionales, lo cual ha puesto en marcha el proceso de creación de un mercado interior de la electricidad, homogeneizando los mercados energéticos de los Estados Miembros.

El grado actual de liberalización no es el mismo en todos los países, en España se ha interpuesto a las empresas comercializadoras la obligación de un servicio universal (sólo para pequeñas empresas y sector doméstico), denominada TUR o Tarifa de Último Recurso, y que inicialmente salvaguarda y controla los precios de la energía para este tipo de usuarios.

Hay países que han creado un sistema totalmente liberalizado, sin TUR, y con precios controlados totalmente por la competencia (por ejemplo Reino Unido y Países Nórdicos). Esto obliga a que la totalidad de consumidores pacten o alcancen un acuerdo con los posibles comercializadores, precios libremente pactados entre consumidor y comercializador.

La liberalización eléctrica en España. Tarifa de último recurso

Actualmente, el sistema regulado cuenta con una estructura tarifaria muy amplia, entre las tarifas que afectan a la mayor parte de usuarios, conectados todos ello en baja tensión, se encuentran: 

  1. La tarifa social (potencia menor de 3 kW)

  2. La tarifa 1.0, y

  3. Las tarifas 2.0.x (2.0.1; 2.0.2, y 2.03)

Con posterioridad al 1 julio del 2009, con el suministro liberalizado, sólo permanecerá una única tarifa regulada: la Tarifa de Último Recurso (TUR), tarifa refugio con precio fijado por el Ministerio de Industria, con y sin discriminación horaria.

  • Tarifa sin discriminación horaria, que es la tarifa normal

  • Tarifa con discriminación horaria, cuyas características la hacen heredera de la tarifa de discriminación horaria actual, con: 14 horas valle (las más baratas), y tan sólo 10 horas punta. El consumidor que la haya contratado dispondrá de un contador que discrimina el día y la noche. Los consumidores que hasta julio de 2008 estuvieron acogidos a la tarifa nocturna, seguirán en esta modalidad de tarifa con discriminación horaria

 

La TUR ha sido fijada incluyendo los costes regulados recogidos en los peajes y una estimación del precio de la energía para el siguiente período. (Este precio de revisará como mínimo cada 6 meses)
 

Grupo Tarifario

Nº Clientes

%

Consumo (GWh)

%

Tarifas actuales que pasan a la TUR

24.928.741

95,21%

73.369

68,24%

Tarifas Potencia < 5 kW

19.553.755

74,7%

46.242

43,0%

Tarifas 5 kW< Potencia ≤ 10 kW

5.374.985

20,5%

27.127

25,2%

Tarifas que desaparecen

1.255.470

4,79%

34.142

31,76%

Tarifas 10 kW< Potencia ≤ 15 kW

731.850

2,8%

9.533

8,9%

Tarifas Potencia > 15 kW

523.620

2,0%

24.609

22,9%

TOTAL

26.184.210

100%

107.512

100%

Los consumidores que deseen permanecer en la TUR no deberán hacer ninguna gestión, a fecha 1 de julio de 2009 pasarán automáticamente a dicha tarifa, con la compañía que presta dicho servicio en cada zona de distribución (5 compañías a nivel nacional), aunque uno de los objetivos de este proceso es que progresivamente todos los usuarios se vayan trasladando al mercado liberalizado.

Podrán permanecer en la TUR aquellos consumidores cuya potencia contratada sea inferior o igual a los 10 kW. Y tendrán obligatoriamente que formalizar contratos en el mercado liberalizado los consumidores que tengan contratada una potencia superior a 10 kW.

Todas las comercializadoras podrán suministrar electricidad en el mercado libre y solo 5 lo harán en la tarifa de último recurso. Estas cinco empresas han sido designadas por el Gobierno. Por lo tanto, cualquier consumidor podrá elegir su suministrador, tanto si es en el mercado libre como si es en la tarifa de último recurso.

Para todos los clientes con potencias contratadas superiores a 10kW, que a fecha 1 de julio no hayn realizado el cambio al mercado liberalizado, con independencia de que haya sido por dejadez o desconocimiento,   tendrán la opción de acogerse a un mecanismo transitorio que garantiza su suministro eléctrico aunque no tengan en esa fecha un contrato en el mercado libre. Dicho mecanismo consiste en darles un periodo de adaptación de nueve meses (desde julio de 2009 hasta abril de 2010), durante los cuales les suministrará la electricidad un comercializador de último recurso, pero a un precio que va a evolucionar cada trimestre un 5% al alza con el objetivo de incentivarles a informarse y buscar en el mercado libre la mejor oferta para su caso específico. El resto de consumidores de potencia inferior a 10kW que deseen pasar al mercado libre, podrán hacerlo en cualquier momento, no es obligatorio que sea antes del 1 de julio de 2009.

OFICINA DE CAMBIOS DE SUMINISTRADOR (OCSUM)

Recientemente se ha creado la Oficina de Cambios de Suministrador (OCSUM), cuya misión será la de supervisar y agilizar los cambios de suministrador tanto de gas como de electricidad.

La OSCUM dispone de datos de los consumidores para que los diferentes comercializadores puedan ofertarles de cara a su cambio al liberalizado, es decir, es un escaparate para los comercializadores donde poder encontrar información sobre clientes potenciales Especialmente significativa será su aportación para el colectivo de consumidores que tienen una potencia contratada superior a 10 KW, ya que el margen que tendrán los comercializadores para ofertar a estos consumidores será mayor.

Las quejas, reclamaciones y su solución de problemas generados por cambios de comercializador competen a las correspondientes Comunidades Autónomas.

A partir del 1 de julio de 2009, el sistema eléctrico estará compuesto por cuatro figuras fundamentales, con actividades bien diferenciadas:  

  • Generadores. Las compañías generadoras de electricidad, cuya función es producir la electricidad;
  • Transportista. La empresa transportista que se encarga de llevar la energía por la red de alta tensión desde las plantas de generación hasta las estaciones de las empresas distribuidoras;
  • Distribuidoras. Las compañías distribuidoras, que son las que se encargan del transporte de la electricidad hasta el domicilio del usuario desde el transportista (o desde otro distribuidor).Su principal misión es la de crecimiento en construcción y mantenimiento de redes de distribución e infraestructuras, acometidas, etc, lecturas, servicios de emergencia, gestión de inspecciones, etc.
  • Comercializadores. Las compañías comercializadoras, que son las que compran energía y se la venden al usuario final (facturan al cliente)

 

Documentación